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Tu hogar y tus derechos 3 min de lectura·15 de junio de 2026

Exoneración del CRIM: cómo dejar de pagar contribución sobre tu residencia principal

Tu hogar principal puede estar exento de la contribución sobre la propiedad hasta cierto valor tasado. Te explicamos qué es la exoneración residencial y cómo solicitarla.

Mensajes clave
  • 1La exoneración residencial exime de contribución hasta $15,000 del valor tasado de tu residencia principal.
  • 2Aplica a una sola propiedad por contribuyente y debe ser tu hogar principal.
  • 3Se solicita con el Modelo AS-38, idealmente dentro de los 30 días de adquirir la propiedad.
  • 4Cooperativas de vivienda y vivienda de interés social también están exentas del pago al CRIM.

El CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) administra la contribución sobre la propiedad inmueble en Puerto Rico. Si la casa es tu residencia principal, puedes solicitar la exoneración residencial y reducir — o eliminar — ese pago hasta cierto límite.

¿Qué cubre la exoneración residencial?

La exoneración aplica sobre los primeros $15,000 del valor tasado de la propiedad, para una sola propiedad por contribuyente y siempre que sea ocupada como residencia principal.

Muchas familias cuya casa tiene un valor tasado dentro de ese límite terminan sin pagar contribución sobre la propiedad, precisamente por esta exoneración.

¿Cómo se solicita?

  • Se completa el Modelo AS-38, idealmente dentro de los 30 días siguientes a la fecha de adquisición.
  • Necesitas evidenciar el título de propiedad mediante escritura u otro documento legal.
  • Si compras con hipoteca, muchas veces el banco tramita la solicitud durante el cierre.
  • Si la transacción no incluye financiamiento hipotecario, se requiere una declaración jurada como parte del proceso.

Además de las residencias principales, las cooperativas de vivienda y la vivienda de interés social también están exentas del pago al CRIM.

Información orientativa. Los límites y requisitos pueden variar y dependen de tu caso particular; confirma con el CRIM o con tu notario antes de actuar.

Fuentes oficiales

Este contenido es de carácter informativo y orientativo. Los programas, montos y requisitos pueden cambiar; verifica siempre la información vigente en las fuentes oficiales antes de tomar decisiones.

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